Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de noviembre de 2010 (Dª. ENCARNACION ROCA TRIAS).
SEGUDO. Antes de entrar en el estudio de los motivos del recurso, se debe rechazar el óbice de admisibilidad presentado por la parte recurrida, que entiende que la cuantía del recurso no se ajusta a la exigida en el art. 477,2.2 LEC, ya que en 1ª Instancia solo se habían acordado unas indemnizaciones por valor de 36.000 € y en la recurrida, aunque se habían aumentado, se dan 106.000 €. Este óbice no puede admitirse porque es doctrina reiterada de la Sala que la cuantía que rige el recurso de casación es la de la reclamación de segunda instancia y en ella los inicialmente demandantes apelaron para obtener la cuantía reclamada en la demanda, que era de 450.000 €. Esta es la doctrina de la Sala , de modo que la sentencia de 31 mayo 2005 señalaba que resulta un criterio constante "[...] el atender a lo pedido en apelación, pues de otra forma la sentencia solo podría ser recurrida por una sola de las partes cuya pasividad, por ende, determinaría la irrecurribilidad de la otra" (ver STS de 22 febrero 2010, así como las sentencias citadas en la que se ha reproducido).
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